Ramiro Guevara, 2021, Ganador de la Imagen del Festival de Málaga.

Artes visuales:

Las obras de arte constituyen importantes patrimonios en sí mismas. En el caso de las obras de “bellas artes” (pintura, escultura y otros géneros), este patrimonio consiste en bienes tangibles, conformado por las piezas en su dimensión material, y en bienes intangibles, que son los derechos intelectuales sobre las obras expresadas en dichos objetos. 

Los tipos de negocios y por ende, los tipos de contratos en el campo de las artes visuales, dependen del tipo de creación y de los objetivos del proyecto o negocio de que se trate. Aquí algunos ejemplos de proyectos y sus respectivos contratos en materia de arte:

  • Un proyecto puede consistir, por ejemplo, en el encargo de una o varias piezas inéditas a un artista para un determinado fin, como por ejemplo instalarlas en una residencia u oficina privada o en lugares como un hotel, un centro comercial o una plaza pública. 

  • Otro ejemplo de contrato de encargo es cuando se comisiona a un artista que realice un diseño o logo para ser utilizado, por ejemplo, como imagen corporativa de una empresa o de un evento, como un festival (es el caso del magnífico diseño creado por Ramiro Guevara que vemos a la izquierda, imagen del Festival de Málaga del 2021).

  • Los proyectos expositivos se apoyan en contratos de préstamo. Estos proyectos implican una serie de actividades complejas que deben estipularse con la mayor cantidad de detalles posibles, como por ejemplo:

    • El empaque de cada obra, 

    • El transporte y eventual exportación y posterior importación

    • El almacenaje, sus cuidados, su reproducción en publicidad de la exposición, catálogos y merchandising, 

    • La responsabilidad por pérdidas o daños y por ende, 

    • La contratación de seguros

    • Si se trata de una exposición inmersiva con imágenes digitales, entonces las licencias o cesiones de derechos de autor constituyen la esencia del contrato. 

  • Una negociación clásica en el campo de las artes es la venta de obras, a través de consignación a galerías, o directamente al cliente. 

  • Otro tipo de proyecto es la donación de obras, para que formen parte de la colección permanente de un museo, o para que lo que se obtenga con su venta se destine a otro proyecto humanitario, educativo o artístico. 

  • Un proyecto puede consistir en la edición de un libro sobre arte, o en la producción de un videojuego, de un anuncio publicitario, de una plataforma, aplicación o base de datos digitales en los que se publican y comunican este tipo de creaciones artísticas.

Cada tipo de negocio necesita un contrato que se adapte a las características, tanto de la o las obras involucradas, como de las formas en que éstas serán utilizadas o explotadas.

El Droit de Suite

Un buen ejemplo de normas específicas o especiales para un tipo de arte, es el llamado Droit de suite, que consiste en el derecho que tiene un artista plástico (o sus herederos), de recibir un porcentaje del precio de reventa de sus obras. Derecho que pertenece a la tradición jurídica civilista continental europea (transmitida a Latinoamérica), y que no se reconoce en países de tradición jurídica anglosajona, como Inglaterra y los Estados Unidos (con la excepción del Estado de California). Sin embargo, recientemente este derecho está siendo objeto de propuestas interesantes, bajo la forma de “resale right”, que permita al artista beneficiarse de éxito que su obra llegue a tener en el mercado, e incluso que la galería que apoyó al artista en el inicio de su carrera, pueda también ser partícipe de la revalorización de esas piezas. Las tecnologías de “blockchain” permiten a artistas y galerías ejercer ese tipo de derechos, gracias a los “smart contracts”.

El Derecho del Arte es un recurso indispensable en la gestión de un legado artístico

Fotografía

Los tipos y condiciones de los contratos que los fotógrafos suscriben con sus clientes, dependen de cómo sea cada proyecto. Así, hay contratos con cláusulas específicas para los fotógrafos publicitarios, otras para los fotógrafos de personas, otras para los fotógrafos de eventos, y también aquí, las condiciones dependen del tipo de evento de que se trate: una cosa es un matrimonio y otra es un desfile de modas. Un caso particular es el de la fotografía periodística y otro el de la fotografía documental. 

Un ejemplo de norma específica es la que establece una duración especial de los derechos de autor sobre obras fotográficas. Mientras que la regla general es que estos duran la vida del autor más 60 años, para las fotografías la duración es inferior: la protección se cuenta a partir de la fecha de divulgación de las fotografías, y para las fotos no publicadas durante la vida del fotógrafo, a partir de su realización.

Específicamente, estos plazos se cuentan a partir del 1 de enero del año siguiente en que tiene lugar el evento que se use como referencia: fallecimiento del autor, divulgación de la fotografía o de su realización.

Elías Crespin. Plano Flexionante Rojo Alternado, 2019.

Gego. Reticulárea, 1969. Museo de Bellas Artes de Caracas. ©Fundación Gego. Foto: Paolo Gasparini. Cortesía Archivo Fundación Gego

Arquitectura

En ésta fascinante área, una negociación puede consistir en la realización de un proyecto urbanístico. O en el diseño de muebles. 

Una discusión interesante es sobre el equilibrio entre los derechos de autor del arquitecto y los del propietario del inmueble. El Derecho intenta balancear esta relación con una norma específica que establece el derecho de preferencia del arquitecto de realizar modificaciones a sus obras, y de repudiar su autoría si tales modificaciones son realizadas por otros. Otro ejemplo de norma especial que sólo aplica para un género creativo es la que crea una excepción a los derechos de autor, al permitir la utilización de las fachadas de los edificios sin necesidad de pedir autorización al arquitecto o titular. Por eso, el productor de una película o de un documental, puede filmar escenas en frente de obras arquitectónicas libremente. Una limitación similar aplica para las obras de arte (en general) expuestas de manera permanente al público. Se puede filmar un comercial en una plaza donde hay esculturas, sin pedirle permiso al escultor.